Relevamiento de cuits de empresas titulares de productos cosméticos
Los importadores habilitados por esta Administración Nacional deberán informar las CUITs de todos los titulares de productos cosméticos a quienes brinden servicios de importación, a los fines de remitir la información a ARCA para su uso en los trámites aduaneros en el marco de la Disposición ANMAT N° 4033/25.
La presentación contendrá los datos de establecimiento importador habilitado, su CUIT, nombre o razón social de los titulares y sus correspondientes CUITs, y se realizará a través de la Mesa de Entrada de ANMAT, por intermedio del correo electrónico mesadeentradasanmatcentral@anmat.gob.ar.
Dicha declaración jurada deberá ser actualizada cada vez que se produzcan modificaciones en la nómina de titulares, ya sea por altas o bajas.
Dolores Martínez
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Darío Formía
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